comunica a los usuarios y consumidores de seguros automotor de ORBISCOMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. que se encuentra en trámite el expediente caratulado «ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOSYCONSUMIDORES C/ ORBIS COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. S/ORDINARIO» (Expte. 5553/2020), donde se ha ordenado la publicación fundada en el artículo 54 de la ley 24240. A tal fin se hace saber que allí se impugna la supuesta conducta ilegítima de ORBIS CÍA. ARGENTINADESEGUROS S.A. por el cobro indebido de primas sin adecuación a la disminución del riesgo (arts. 34 de la ley 17418) acaecida desde el día 20 de marzo de 2020debido a la imposición del aislamiento preventivo social y obligatorio mediante el DNU 297/2020. La presente acción se encontraría enfocada a la restitución a todos los consumidores y usuarios afectados de las sumas de dinero supuestamente cobradas en forma indebida por la demandada, con más la tasa de interés legal correspondiente, y la aplicación del daño punitivo también reclamado. Se hace saber que aquellos asegurados (clientes y ex clientes de ORBIS COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS S.A.) que lo deseen, dentro del plazo de treinta días desde la presente publicación, pueden ejercer el derecho de exclusión previsto por el art. 54 de la ley 24.240 (2° párrafo), debiendo en su caso comunicar su voluntad de no quedar afectados por el alcance de este juicio directamente a la Asociación demandante (tel. 11-6516-7149, email: info@aduc. org.ar) en el sentido que prefieren ejercer sus acciones individuales por considerar que la eventual solución dada al caso no resolverá adecuadamente su situación particular. Asimismo, se hace saber que si la sentencia a dictarse denegare el reclamo colectivo, subsistirá para cada damnificado la vía judicial individual