causa iniciada el 13/06/2018, en trámite ante el Juzgado Nacional de primera Instancia en lo Comercial
N° 17 sito en M.T.Alvear 1840 Piso 3 CABA, a cargo del Dr. Federico Güerri,
Secretaría N° 33 a cargo del Dr. Rafael Trebino Figueroa, se comunica al potencial
colectivo afectado compuesto por clientes y exclientes del banco demandado que
revistan la condición de consumidores finales que en estos autos se debate el alcance
de la percepción de comisiones por operaciones intersucursales en pesos en el marco
de lo previsto por la Com “A”5795 del BCRA. La asociación actora reclama el cese del
cobro de la comisión o cargo y la correspondiente restitución a todos los
consumidores finales afectados, en forma íntegra, de las sumas de dinero, más
intereses, de lo percibido por dichos conceptos. Mientras dure el contexto de
pandemia por COVID 19 los interesados podrán ejercer el derecho de exclusión
previsto por el art. 54 de la ley 24.240 (2° párrafo), enviando un mail a
jncomercial17.sec33@pjn.gov.ar, antes del dictado de la sentencia, con indicación de
la carátula y número de expediente en el que se dirigen, su nombre, apellido y DNI. En
caso de cesar las restricciones de circulación y/o uso de transporte público se habilita
manifestar su voluntad mediante nota o carta simple (sin firma de letrado) dirigida al
tribunal haciendo saber su voluntad de abstenerse de los alcances de la cosa juzgada
que resulte de la sentencia. Si la sentencia a dictarse denegare el reclamo colectivo,
subsistirá para cada damnificado la vía judicial individual. Podrán consultar el
expediente exclusivamente de manera remota a través de la página del Poder Judicial
de la Nación, o bien comunicarse con ADUC al tel. 5032-2615, o via email:
info@aduc.org.ar. Fiscales intervinientes: Dra. Mónica Susana Mauri (Primera
Instancia) y Dra. Gabriela Boquin (Segunda Instancia)