Se Hace saber que en “Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores c/ BBVA Banco Francés S.A. s/Ordinario”, (Expte. 14301/2011) Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 26, Secretaría N° 52, el cual fuera homologado judicialmente con fecha 10 de junio de 2019 se ha acordado lo siguiente:


Se comunica a los clientes y ex clientes de BBVA Banco Frances SA, que el
Banco y la Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores (ADUC)
han arribado a un acuerdo transaccional que pone fin a las demandas
judiciales sobre el cobro de comisiones y/o cargos por «extracciones» en las
denominadas «cuentas sueldo» y/o «cuentas salariales» en el marco de la causa
«ASOCIACIÓN POR LA DEFENSA DE USUARIOS Y CONSUMIDORES C/
BBVA BANCO FRANCES SA S/ ORDINARIO» (Expte. 14301/2011), en trámite
ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 26 a cargo
de la Dra. O’Reilly, Maria Cristina, Secretaría Nro. 52, con sede en Av Callao
635, 1er piso (C.A.B.A.). Dicho Acuerdo homologado judicialmente con fecha
10 de junio de 2019 establece lo siguiente: 1) El Banco reembolsará a los
clientes y ex clientes a quienes les haya cobrado comisiones y/o cargos por
«extracciones» en las denominadas «cuenta sueldo» y/o «cuentas salariales»: (a)
el 75% de las sumas que hubieren abonado; (b) el reembolso abarcará el
período comprendido entre el 20 de mayo de 2008 al 30 de septiembre de
2013: (c) al importe que resulte se le agregarán intereses, calculados según la
tasa de interés que resulte de promediar la tasa pasiva del Banco de la Nación
Argentina y la tasa activa del mismo Banco de la Nación Argentina para las
operaciones de descuento, desde el devengamiento hasta la efectiva
acreditación de los montos a reintegrarse en los casos de los clientes activos, y
hasta la puesta en disposición de los montos a reintegrarse en los casos de los
ex clientes; (d) a los clientes del Banco se les realizará el reembolso dentro de
los 30 días hábiles bancarios de la fecha de la homologación del Acuerdo
mediante la acreditación de los importes en sus cuentas; (e) los ex clientes del
Banco tendrán un plazo de 5 años, contados desde la última publicación de los
avisos pactados para cobrar el reintegro, con la presentación de su documento
nacional de identidad (DNI) y suscripción del recibo en el mismo acto, en
cualquier sucursal de Servicios Electrónicos de Pago (Pago Fácil) luego de 30
días de homologado el Acuerdo. 2) Los clientes y ex clientes del Banco podrán
oponerse por escrito al Acuerdo mencionado dentro de los 90 días, contados
desde la última publicación de los avisos pactados. Si optasen por ejercer este
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derecho o incluso si no efectuaren manifestación alguna, igualmente serán
beneficiarios del reintegro acordado, suma que se considerará percibida a
cuenta de mayor cantidad, teniendo derecho a efectuar los reclamos judiciales
individuales que consideren pertinentes. Ello conforme lo dispuesto en los
artículos 832 del Código Civil y Comercial de la Nación y artículo 54 de la Ley
de Defensa del Consumidor.

respecto de los cobros efectuados por el Banco en concepto de comisiones y/o cargos por “extracciones” en las denominadas “cuentas sueldo” y/o “cuentas salariales”, en el marco del proceso citado se ha resuelto y como resultado de este Acuerdo, dentro de los 30 (treinta) días hábiles bancarios de la fecha de homologación del Acuerdo, se te acreditará en tu cuenta el 75% de las sumas que se hubieren abonado por los conceptos de “extracción cuentas sueldos” más los intereses correspondientes, calculados según la tasa de interés que resulte de promediar la tasa pasiva del Banco de la Nación Argentina y la tasa activa del mismo Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuento a 30 (treinta) días, desde que cada importe fue devengado hasta la efectiva acreditación de los montos a reintegrarse $62,99. 

Para obtener este reintegro, tendrás un plazo de 5 (cinco) años desde la fecha de la presente y deberás presentarte con tu documento nacional de identidad (“DNI”) en cualquier sucursal de Servicios Electrónico de Pago S.A. (denominado “Pago Fácil”) luego de 30 días hábiles bancarios de homologado el Acuerdo. 




Dentro de los 90 (noventa), podrás oponerte por escrito al mismo Acuerdo. Si optases por ejercer este derecho, o incluso si no efectuases manifestación alguna, igualmente serás beneficiario del reintegro, el que será considerado percibido a cuenta de mayor cantidad, teniendo derecho a efectuar los reclamos judiciales individuales que consideres pertinentes. Ello conforme lo dispuesto en los artículos 832 del Código Civil y Comercial de la Nación y el artículo 54 de la Ley de Defensa del Consumidor. 

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