Noticia sobre acción colectiva “ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIO Y CONSUMIDORES C/ TELECOM PERSONAL S.A. S/ SUMARISIMO”
El Juz. Nac. de 1ª. Inst. en lo Comercial N° 20 Sec. N°39, sito en Marcelo T. de Alvar 1840, p.4°, CABA, en autos “Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores c/Telecom Personal SA. s/sumarísimo” (expte. 49837/2007), hace saber a los clientes o ex clientes, usuarios del servicio de telefonía móvil “Personal” desde el 19/06/04: (1) la existencia de un proceso colectivo en el que se cuestiona la legalidad, tendiente al cese: a) de la facturación y cobranza de todas las llamadas que sean respondidas por el “contestador personal” o cualquier otra denominación del contestador automático; b) del cobro de las llamadas a partir del momento que se presiona la tecla “send” (o tecla verde) respecto de las solicitudes de servicio anteriores al año 2006; y c) el reintegro a cada uno de los usuarios de las sumas percibidas por esos conceptos; y (2) que en caso de no querer quedar alcanzados por los efectos de la cosa juzgada de la sentencia que se dicte en este proceso, deberán manifestarlo expresamente en la causa dentro de los treinta días corridos desde la última publicación edictal”.
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