El Juzgado Nacional en lo Comercial n° 8 a cargo del Dr. JAVIERJ. COSENTINO, JUEZ, Secretaría 16, con sede en Av. Roque S. Peña 1211, PB(C.A.B.A),

comunica a los usuarios y consumidores de seguros automotor deSANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA que se encuentra en trámiteel expediente caratulado «ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOSYCONSUMIDORES c/ SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA. s/ORDINARIO» (Expte. 5555/2020), donde se ha ordenado la publicaciónfundada en el artículo 54 de la ley 24240. A tal fin se hace saber que allí seimpugna la supuesta conducta ilegítima de SANCOR COOPERATIVADESEGUROS LTDA. por el cobro indebido de primas sin adecuación aladisminución del riesgo (arts. 34 de la ley 17418) acaecida desde el día 20demarzo de 2020 debido a la imposición del aislamiento preventivo social yobligatorio mediante el DNU 297/2020. La presente acción se encontraríaenfocada a la restitución a todos los consumidores y usuarios afectados delassumas de dinero supuestamente cobradas en forma indebida por lademandada, con más la tasa de interés legal correspondiente, y la aplicacióndel daño puntivo también reclamado. Se hace saber que aquellos asegurados(clientes y ex clientes de SANCOR COOPERATIVA DE SEGUROS LTDA.) quelo deseen, dentro del plazo de treinta días desde la presente publicación, pueden ejercer el derecho de exclusión previsto por el art. 54 de la ley 24.240(2° párrafo), debiendo en su caso comunicar su voluntad de no quedarafectados por el alcance de este juicio directamente a la Asociacióndemandante (tel. 11-6516-7149, email: info@aduc.org.ar) en el sentido queprefieren ejercer sus acciones individuales por considerar que la eventual solución dada al caso no resolverá adecuadamente su situación particular. Asimismo, se hace saber que si la sentencia a dictarse denegare el reclamocolectivo, subsistirá para cada damnificado la vía judicial individual.

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