Se pone en conocimiento de los interesados que se ha dado curso formal en el Juzgado Nacional Comercial N° 22, Secretaría N° 43 con sede en M. T. de Alvear 1840, piso 3°, of. 342,

a un proceso colectivo que involucra a los clientes del banco demandado (Banco Patagonia S.A.), usuarios personas físicas y/o jurídicas consumidores finales contratantes de los paquetes de los productos Patagonia Plus y Patagonia Plus Premium a los que se les aplicó el seguro ATM o de robo en cajero, sin su consentimiento, cuando el mismo se encontraba bonificado para ese tipo de productos, a partir de marzo de 2015, haciendo saber que la eventual sentencia a dictarse hará cosa juzgada para las demandadas y para todos los consumidores o usuarios que se encuentren en similares condiciones, excepto de aquellos que, dentro del plazo de treinta (30) días contados a partir del último día de la publicidad ordenada, manifiesten en el expediente su voluntad en contrario (art. 54 LDC).

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