QUE REVISTAN LA CONDICIÓN DE CONSUMIDORES FINALES A LOS QUE
SE LES HUBIERE ENVIADO DOCUMENTACIÓN REFERIDA A SUS
PRODUCTOS Y/O RESÚMENES DE CUENTA POR VÍA ELECTRÓNICA SIN
SU CONSENTIMIENTO, DURANTE EL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE
EL 22/6/2016 AL 11/1/2018 Y DESDE EL 26/6/2018 EN ADELANTE, que
desde el día 22/08/2018 se encuentra en trámite ante el Juzgado Nacional de
Primera Instancia en lo Comercial n° 17 a cargo del Dr. Güerri Federico A.,
Secretaría n° 33, con sede en calle Marcelo T. de Alvear 1840, tercer piso
(C.A.B.A.), el expediente caratulado «ASOCIACION POR LA DEFENSA DE
USUARIOS Y CONSUMIDORES C/ TELECENTRO S.A. S/ORDINARIO»
(Expte. 19682/2018). El grupo potencialmente afectado se compone por los
usuarios y clientes de la demandada que se vieron afectados por el cese de la
documentación referida a sus productos en soporte físico, remitiéndosela por
vía electrónica SIN LA OPCIÓN EXPRESA PARA LA UTILIZACIÓN DE ESTE
MEDIO ALTERNATIVO POR PARTE DEL CONSUMIDOR. El proceso
colectivo tiene por objeto imponer el cese de dicha remisión. La obligación de
reanudar el envío de la información en soporte físico. El reintegro a los
usuarios de las sumas percibidas por el envío en soporte físico omitido, y se le
imponga a la demandada el daño punitivo correspondiente por su accionar. Se
publicita el presente a fin de que aquellos consumidores (clientes y ex clientes
de TELECENTRO S.A.) dentro del plazo de 30 días desde la respectiva
publicación puedan ejercer el derecho de exclusión previsto por el art. 54 de la
ley 24.240 (2° párrafo), el que podrá ser realizado mediante carta simple (sin
firma de letrado) dirigida al tribunal haciendo saber su voluntad de abstenerse
a la cosa juzgada que resulte de la sentencia a dictarse en este expediente.
Asimismo, se les hace saber que si la sentencia a dictarse denegare el reclamo
colectivo, subsistirá para cada damnificado la vía judicial individual. Podrán
consultar el expediente en el Juzgado de lunes a viernes de 7:30 a 13:30 hs., o a
info@aduc.org.ar.
Fiscales intervinientes: Dra. Mónica Susana Mauri (Primera Instancia) y Dra.
2
Gabriela Boquin (Segunda Instancia).