comunica a aquellos consumidores y/o usuarios del servicio financiero brindado por el BANCO PATAGONIA S.A. que se encuentra en trámite el expediente caratulado «ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOSYCONSUMIDORES c/ BANCO PATAGONIA S.A. s/ORDINARIO» (Expte. 32210/2019). El grupo potencialmente afectado se compone por los usuarios y consumidores de los Plazos Fijos Renovables Automáticamente. El proceso colectivo impugna la supuesta renovación de plazos fijos de “Renovación Automática” a una tasa de interés muy por debajo a la que reconoce en la constitución de NUEVOS PLAZOS FIJOS, incluso en aquellos casos en lo que los consumidores y usuarios perciben el plazo fijo vencido y al mismo momento conforman uno nuevo. La presente acción tiene por objeto el cese de la conducta descripta y la correspondiente restitución de los intereses que hubiere debido abonar el banco desde la constitución misma del depósito, con más la aplicación del daño punitivo. Se publicita el presente a fin de que aquellos consumidores(clientes y ex clientes de BANCO PATAGONIA S.A.), dentro del plazo de treinta días desde la respectiva publicación, puedan ejercer el derecho de exclusión previsto por el art. 54 de la ley 24.240 (2° párrafo) el que podrá ser realizado debiendo expresarlo directamente a la Asociación demandante (tel. 11-6516-7149, email: info@aduc.org.ar). La sentencia que haga lugar a la pretensión hará cosa juzgada para el Banco y para todos los consumidores o usuarios que se encuentren en similares condiciones, excepto de aquellos que manifiesten su voluntad en contrario por considerar que la eventual solución dada al caso no resolverá adecuadamente su situación particular. Asimismo, se les hace saber que si la sentencia a dictarse denegare el reclamo colectivo, subsistirá para cada damnificado la vía judicial individual.