a aquellos consumidores y/o usuarios del servicio financiero
brindado por el BANCO COLUMBIA S.A. que se encuentra en trámite el expediente
caratulado «ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOS Y
CONSUMIDORES (ADUC) c/ BANCO COLUMBIA S.A. Y OTROS
s/ORDINARIO» (Expte. 35464/2015). El grupo potencialmente afectado involucra a
quienes hayan realizado compras en el exterior mediante la utilización de tarjeta de
crédito y/o compra y/o débito en el período octubre 2011 al 17 de diciembre de 2015. El
proceso colectivo tiene por objeto la devolución de los conceptos percibidos y de
cualquier otro que por igual concepto hubiera decidido la demandada. Se publicita el
presente a fin de que aquellos consumidores (clientes y ex clientes de BANCO
COLUMBIA S.A.) dentro del plazo de sesenta días desde la respectiva publicación
puedan ejercer el derecho de exclusión previsto por el art. 54 de la ley 24.240 (2°
párrafo), el que podrá ser realizado mediante la presentación en la causa de un escrito
que no necesitará firma de letrado, bajo apercibimiento de que su silencio será
interpretado como manifestación de voluntad de atenerse a las consecuencias de la cosa
juzgada que resulte de la sentencia a dictarse. La sentencia que haga lugar a la
pretensión hará cosa juzgada para el demandado y para todos los consumidores o
usuarios que se encuentren en similares condiciones, excepto de aquellos que
manifiesten su voluntad en contrario previo a la sentencia en los términos y condiciones
indicadas. Asimismo, se les hace saber que si la sentencia a dictarse denegare el reclamo
colectivo, subsistirá para cada damnificado la vía judicial individual.
Buen dia, me informan que significa esto, si sale en contra el fallo los clientes tienen que pagar algo?? Si no nos avisaron nada de la presentacion que hicieron
No no de be pagar nada