a aquellos consumidores y/o usuarios del servicio financiero
 brindado por el BANCO COLUMBIA S.A. que se encuentra en trámite el expediente
 caratulado «ASOCIACION POR LA DEFENSA DE USUARIOS Y
 CONSUMIDORES (ADUC) c/ BANCO COLUMBIA S.A. Y OTROS
 s/ORDINARIO» (Expte. 35464/2015). El grupo potencialmente afectado involucra a
 quienes hayan realizado compras en el exterior mediante la utilización de tarjeta de
 crédito y/o compra y/o débito en el período octubre 2011 al 17 de diciembre de 2015. El
 proceso colectivo tiene por objeto la devolución de los conceptos percibidos y de
 cualquier otro que por igual concepto hubiera decidido la demandada. Se publicita el
 presente a fin de que aquellos consumidores (clientes y ex clientes de BANCO
 COLUMBIA S.A.) dentro del plazo de sesenta días desde la respectiva publicación
 puedan ejercer el derecho de exclusión previsto por el art. 54 de la ley 24.240 (2°
 párrafo), el que podrá ser realizado mediante la presentación en la causa de un escrito
 que no necesitará firma de letrado, bajo apercibimiento de que su silencio será
 interpretado como manifestación de voluntad de atenerse a las consecuencias de la cosa
 juzgada que resulte de la sentencia a dictarse. La sentencia que haga lugar a la
 pretensión hará cosa juzgada para el demandado y para todos los consumidores o
 usuarios que se encuentren en similares condiciones, excepto de aquellos que
 manifiesten su voluntad en contrario previo a la sentencia en los términos y condiciones
 indicadas. Asimismo, se les hace saber que si la sentencia a dictarse denegare el reclamo
 colectivo, subsistirá para cada damnificado la vía judicial individual.







Buen dia, me informan que significa esto, si sale en contra el fallo los clientes tienen que pagar algo?? Si no nos avisaron nada de la presentacion que hicieron
No no de be pagar nada